Contaba D. Teodomiro Ramírez de Arellano, autor del libro de "Paseos por Córdoba" que fue la Reina Isabel la Católica cuando tenía su residencia en Córdoba a la que le llamó mucho la atención, la cantidad de mujeres que frente al Alcázar que pasaban todo el día esperando por si la Reina se asomaba por alguna de las ventanas para poder verla.
Así que la Ilustre señora mandó a uno de sus sirvientes para preguntarles a que se dedicaban y si le ayudaban a sus maridos a sostener las cargas familiares.
La respuesta de las cordobesas fue que no, ya que para eso tenían a sus maridos para que se ocuparan como mandaba la ley.
La Reina Isabel se enojó muchísimo al oír dicha respuesta dijo:
¡¡Pues si no ayudan a ganarlo, tampoco deben disfrutar de ello!!
Dictando en una de las salas del mismo Alcázar la llamada:
"Ley de las holgazanas" en la cual decía que toda mujer casada en Córdoba no tendría derecho a los bienes gananciales a la muerte de sus marido.
Aunque se dice que en cada ley hay una trampa, y durante mucho tiempo las cordobesas se casaban en Alcolea, un pueblo muy cercano a la capital y que hoy es un barrio, para poder disfrutar de los bienes gananciales de sus esposos una vez que hubieran muerto.
Sigue contando Ramirez de Arellanos que se derogó esta ley gracias a un vecino de Santa Marina:
"Vivía en el Barrio de Santa Marina un hombre que con mucho esfuerzo y ayuda de su mujer, lograron reunir un capital considerable a lo largo de los años; capital que, de morir él, pasaría a sus hijos.
Viendo cuán injusta era la situación, pues había sido su mujer y no los hijos quienes ayudaron a ganarlo, resolvió ir a la capital y pedir favor ante el rey. - Prosigue- Aunque no era un hombre de leyes, supo explicar el caso tan bien al rey que éste, conmovido por el gesto de aquel hombre justo, decidió revocar la ley de las holgazanas, siendo así que a partir de entonces todas las mujeres cordobesas pudieron heredar de sus maridos."
Exterior del Alcázar |
Todo esto no deja de ser una leyenda que nada tiene que ver con la realidad.
Es cierto que la Ley como tal y con ese nombre existió, pero realmente ni saben de donde vino, ni si tan siquiera fuera la Reina quien la dictara por un hecho que solo refleja en su libro Ramírez de Arellano. Teorías, muchísimas y algunos estudios han aparecido para poder dilucidar de donde provenía esa ley.
Aunque lo cierto es que en Córdoba en la Edad Media han existido oficios solo para mujeres, y para nada ni han sido ociosas ni mucho menos holgazanas.
Los mismo Reyes Católicos lo comprobarían cuando permanecieron en la ciudad de Córdoba largo tiempo ya que desde aquí se dirigieron las acciones para la reconquista de Málaga y Granada.
La presencia de los monarcas hizo contratar en la ciudad al personal femenino que necesitaba... Y desde luego eran cordobesas las que trabajaban en los trabajos exclusivos para las mujeres de aquella época.
Según consta en "La vida cotidiana de la mujeres en Córdoba en la Edad Media"- trabajo recogido por la Junta de Andalucía- Los Reyes, durante su larga estancia en Córdoba, contaron con dos panaderas, Isabel Rodríguez y su hija pastelera una tal María, mujer de Juan de la Huerta que percibían por su trabajo en 1498 un jornal de 5.400 maravedíes, mientras que la hija cobraba 4.320.
En aquellos tiempos era oficio del sexo femenino la elaboración del pan y en la Córdoba de la Edad Media existían varios hornos de donde las trezeneras o vendedoras ambulantes que vendían el pan, iban a cargadas con sus cestos que se colocaban en la cabeza.
De hecho se tienen testimonios de Isabel Diaz compró el horno de pan de cocer llamado horno de la Juera y otra mujer viuda de Pedro Rodríguez tomó en arrendamiento un horno que existía en la collación de San Andrés llamado de "de Morillo" debiendo pagar 2.500 maravedíes anuales y dejando que el arrendador pudiera hornear su pan él mismo.
Otros trabajos como las hilanderas o tejedoras que abundaban en Córdoba, donde muchas de estas profesiones femeninas aparecen documentadas en testamentos muy antiguos con mandas testamentarias para recuperar tejidos y paños que habían dado a las Alfayatas que habitualmente les cosían los ajuares y ropas de casa.
Por ejemplo uno de Catalina Rodríguez que debía de entregar unas sábanas, unas mangas y un cuerpo a una mujer que se las había dado a coser. En Córdoba existe una calle con ese nombre, sin duda para recordar al gremio de mujeres sastras que había en la ciudad.
¿Pero, de dónde viene realmente esta Ley?
La teoría principal que se ha barajado es que esa antigua ley podría venir del derecho musulmán, J. Luis Fernández Castillejo hace referencia en su articulo en el Boletín de la Real Academia de Bellas Letras y Nobles Artes de Córdoba de 1944, donde argumenta que esta costumbre no pudo ser impuesta por la Reina doña Isabel la Católica como castigo... Y que vendría de una costumbre musulmana de la no comunidad de bienes entre los esposos.
Y como bien afirma Gema Pérez de Villar, por esa regla de tres el origen de estas costumbres puede hacerse depender del Derecho Romano, cuando siendo Córdoba una muy importante ciudad del mundo romano, ya Séneca apuntaba que los bienes castrenses por ser de adquisición personal, son de absoluto dominio del que los gana, es decir del marido que es quien lucha en la guerra, aunque- prosigue G. Pérez de Villar- según los estudios en leyes no pueden dar una fecha del origen pues se trata de una costumbre y que como tal se fue gestando lentamente en una sociedad que tenía unas circunstancias particulares.
Así que nadie sabe de donde viene esa "tenebrosa" Ley de las Holgazanas"
Lo que si sabemos que no se levantó hasta el reinado de Carlos IV.
Y como consta en el libro titulado Novísima recuperación de las leyes Españolas Libro VIII y I X página 27 y dice así:
Por resolución a cons. de 17 de Abril, y provis. de 16 de Junio de 1801 para Córdoba, y circ. del consejo de 1802.
Derogación de la ley ó costumbre prohibitiva de que las mujeres cordobesas participen de los gananciales adquiridos durante el matrimonio
Por lo tanto abolimos en cuanto sea necesario la supuesta ley , costumbre o estilo que ha gobernado hasta ahora en la ciudad de Córdoba, de que las mujeres casadas no tengan parte en los bienes gananciales adquiridos durante el matrimonio. En su consecuencia queremos y mandamos, que la ley general de la participación de los gananciales en los matrimonios sea extensiva a las mujeres cordobesas de todo aquelo reino, según y como se práctica en Castilla y en León. Y en esta conformidad mandamos al Corregidor de la expresada ciudad de Córdoba, a los alcaldes mayores de ella, y donde a quienes corresponda, observen, manden y cumplan la citada Resolución de nuestra Real Persona, haciéndola observar, guardar y cumplir en todo y por todo, según como en ella se contiene; y a fin de que esta Real resolución tenga puntual observancia en todo el Reyno, se comunique a las Chancillerias, Audiencias, Corregidores y Justicia de él.
Fuentes consultadas:
Los gananciales y la Mujer cordobesa de J. Luis Fernández de Castillejo Boletín de la Real Academia de Bellas Letras y Nobles Artes de Córdoba octubre a diciembre de 1944 -Los Reyes Católicos permanecieron largos años en Córdoba de R. G. Diario de Córdoba 12/10/1951- Las costumbres holgazanas de Córdoba de Gema Pérez de Villar Herranz- Paseos por Córdoba de R. de Arellano- Las costumbres de las holgazanas en Córdoba de G. Perez de Villar-Elogio de la Reina Católica Doña Isabel de Diego Clemencín- La Época de la ilustración de Córdoba de A. C.- Novísima recuperación de las leyes de España: Libros VIII y IX- Cuadro- Fotos recogidas de internet